UPYD de Estepona propone la posibilidad de acometer un Expediente de Regulación Temporal de Empleo en el Ayuntamiento y en las Empresas Municipales de Estepona como una vía alternativa y ante todo excepcional, en conjunto con otras, para superar los problemas de financiación de las nóminas de los trabajadores en el Ayuntamiento y Empresas Municipales de Estepona
Muchos Ayuntamientos de España están en quiebra técnica o al borde la bancarrota, pues un tercio de sus ingresos estaban ligados al boom del urbanismo y los actuales no son suficientes para hacer frente a los excesos de gasto corriente de los últimos años, sobre todo, en materia de personal.
Para obtener más ingresos la mayoría de los Ayuntamientos de España han incrementado los importes de sus impuestos, tasas y contribuciones especiales, han generado nuevas tasas e incluso han incrementado su potestad sancionadora, a través de la imposición de multas, hasta límites insospechados, debiendo el ciudadano de a pie soportar una carga impositiva y sancionadora que excede en mucho de lo que le permite su escasa capacidad económica, sobre todo en épocas de recesión económica como la actual.
Unión Progreso y Democracia apuesta por no incrementar el capítulo de ingresos, aumentando la carga impositiva y sancionadora sobre los vecinos, sino ante todo por DISMINUIR EL GASTO PUBLICO LOCAL y, entre otros, por atajar la enorme sangría económica que supone para nuestro pequeño municipio el pago de las nóminas de casi mil cuatrocientas personas que trabajan bien para nuestro Ayuntamiento, bien para las Empresas Municipales.
El ERTE se plantea como una medida excepcional, complementaria con muchas otras que ya se han adoptado, como son la aprobación de jubilaciones anticipadas, supresión de pluses de absentismo, eliminación de horas extraordinarias por encima de las establecidas en Ley, etc.… y que ha de contar con el apoyo de los sindicatos que tienen representación en nuestro Ayuntamiento y Empresas Municipales, así como con la legalidad vigente que habrá de ser refrendada por la Autoridad Laboral Provincial.
Según la legislación vigente, un EXPEDIENTE DE REGULACION TEMPORAL DE EMPLEO supone la suspensión (también temporal) del contrato entre la empresa y los trabajadores durante el tiempo que especifique el expediente, de tal suerte que los trabajadores afectados dejarán de trabajar y pasarán a formar parte del desempleo. La situación en la que quedan estos trabajadores, afectados por el ERTE, supone que tienen asegurado un 70% de su sueldo, que es la parte que corresponde a la Seguridad Social, y el resto un 30% tendrán que ser negociado con la empresa, esto es, en nuestro caso, con el Ayuntamiento de Estepona.
A estos efectos, cabe resaltar, que desde la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, se están empezando a habilitar créditos para hacer frente al pago de ese porcentaje restante, que las empresas deben de abonar a los trabajadores afectados por el ERTE. Así, pues, se trataría, en un principio, de llegar a acuerdos con la Junta de Andalucía, a través de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo, para habilitar créditos con los que hacer frente al pago del porcentaje que correspondería abonar al Ayuntamiento de Estepona, como Patronal.
Esta solución legal, en la práctica, sin embargo, pone de manifiesto dos deficiencias que, en el caso del Ayuntamiento de Estepona, queda reducida a una. De un lado, se ha podido constatar que en la situación de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo los trabajadores más perjudicados son los trabajadores temporales, que, en el caso del Ayuntamiento de Estepona y sus Empresas Municipales, son escasos, pues la inmensa mayoría de los trabajadores tanto en el Ayuntamiento como en las Empresas Municipales disponen de contratos fijos. De otro lado, el problema se centra en los trabajadores mayores de 50 años, que en el caso del Ayuntamiento y Empresas Municipales abundan, y ello por cuanto que la mayoría de ellos suele contar con un contrato estable pero tendrán que volver a cotizar durante al menos seis años para poder acogerse a la jubilación, lo cual se agrava aun más, si se tiene en cuenta que los trabajadores en situación de ERTE no pueden acceder a ningún tipo de indemnización, por razón del despido, ya que sus contratos no se han extinguido, sino que se hayan suspensos.