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viernes, marzo 29, 2024

Estepona regula el tránsito de vehículos de movilidad personal dentro del casco antiguo

El Ayuntamiento de Estepona ha publicado un bando para regular el tránsito de vehículos de movilidad personal (VMP) como patinetes y otros vehículos eléctricos en el casco antiguo. El Consistorio ha establecido esta regulación con el objetivo de responder adecuadamente a la nueva realidad donde el vehículo a motor está perdiendo protagonismo en el transporte urbano ante la aparición de los distintos tipos de VMP. 

A la espera de que el Gobierno Central y la Unión Europea concluyan la elaboración de normas generales que regulen el uso de los VMP, el Ayuntamiento ha publicado este bando que establece, provisionalmente, una serie de usos para garantizar la convivencia de los peatones y los distintos tipos de vehículos en los espacios públicos.

Así, se ha determinado que en el casco antiguo de la ciudad, donde la mayoría de las vías están peatonalizadas tras el proyecto municipal de remodelación y embellecimiento, los VMP puedan circular a una velocidad moderada que no podrá superar los 10 kilómetros por hora.

El bando recomienda a los propietarios de este nuevo tipo de vehículos que dispongan de un seguro de responsabilidad civil con cobertura en caso de siniestro para cubrir daños personales, materiales o a terceras personas. Asimismo, los VPM deberán respetar en todo momento la prioridad peatonal en las vías por las que circulen y se mantendrá una distancia, de al menos un metro, con las personas en las operaciones de adelantamiento o cruce.

Asimismo, los VPM no podrán invadir la zona de tránsito seguro contigua a la fachada que, como mínimo, será de 1,2 metros. El bando prohíbe que se realicen maniobras negligentes o temerarias que puedan afectar a la seguridad de los peatones, por lo que se la circulación de los VPM deberán adaptarse a la marcha del viandante e incluso detenerse cuando fuera necesario para garantizar la prioridad de éste.

Además, queda prohibida la conducción de este tipo de vehículos por parte de menores de 16 años que no se encuentren bajo la supervisión de una persona mayor de edad. Asimismo, deberán hacer uso de un casco de protección homologado y adecuado a las características del VPM que conducen.

Por otra parte, el bando municipal incorpora la instrucción provisional que la Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado sobre el uso de los VPM para establecer una serie de criterios clarificadores dirigidos a los usuarios de estos vehículos, a los ayuntamientos y a los agentes de seguridad.

Dicha instrucción establece que los conductores de VMP estarán obligados a someterse a las pruebas de detección de tasas de alcohol y presencia de drogas, no podrán utilizar dispositivos de telefonía móvil durante la conducción y no podrán transportar a más personas de las que están autorizadas para cada tipo de vehículo.

Por otro lado, el Reglamento General de Circulación al que hace referencia la DGT en su instrucción provisional también prohíbe conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.

Asimismo, tampoco se podrá circular con cualquier VPM de noche o en situaciones de escasa visibilidad, sin que el vehículo disponga  de algún tipo de alumbrado operativo. En ese sentido, el usuario que no lleve prendas o elementos reflectantes que le permitan ser vistos por el resto de personas, podrá ser denunciado por no adoptar la diligencia y precaución necesarias para evitar poner en peligro al resto de usuarios.

Por último, los vehículos VMP podrán estacionar en los espacios destinados al aparcamiento de bicicletas. La inmovilización y retirada de los VMP se realizará en las mismas condiciones que las establecidas para el resto de vehículos en la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación de Estepona.

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