El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón al Ayuntamiento de Estepona, desestimando la demanda de readmisión del exsubdirector de la Televisión Municipal, Rafael García, y del exdirector de promoción y subdirector ejecutivo, económico y financiero de la empresa Promoción y Comunicación Estepona SL, Mariano Crespo, contratados por el PSOE en 2007 y 2003, respectivamente, sin acceder a concurso público. Este último, percibía un salario mensual de 5.698,04 euros y de 68.376 euros anuales. Por su parte, García ostentó la categoría profesional de Subdirector de la empresa Promoción y Comunicación Estepona SL, percibiendo un salario mensual de 4.938,06 euros y de 59.256 euros anuales. Salarios superiores, en ambos casos, a los que perciben los concejales de gobierno.
Ambos fueron despedidos, por causas objetivas, en julio de 2012 dentro del Expediente de Regulación de Empleo que se llevó a cabo en el Ayuntamiento de Estepona. El pasado mes de noviembre, la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en sentencia firme, declaró ajustada a derecho la decisión de despido colectivo por concurrir las causas económicas y organizativas, confirmando de esta forma la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
El fallo de la sentencia del TSJA considera el despido como procedente, convalidando la decisión extintiva empresarial y absolviendo al Ayuntamiento de Estepona.
Hasta el momento, el Ayuntamiento ha ganado todas las sentencias individuales que han presentado los afectados por el ERE, tanto en los juzgados de lo Social como las recurridas ante el TSJA.