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martes, diciembre 24, 2024

Cerca de 32.200 personas han registrado su voluntad vital anticipada en Andalucía desde el reconocimiento de este derecho

Un 15{e4607f1c468ec91e58b933aab83422f2b3bc7a6ecf1a88f6a23b026e18925a36} de las inscripciones activas en el Registro Nacional de Instrucciones Previas proceden de ciudadanos andaluces

Un total de 32.186 personas ha registrado su testamento vital desde el reconocimiento de este derecho en Andalucía, regulado por la Ley de Declaración de Voluntad Vital Anticipada en 2003 y materializado con la puesta en marcha del Registro de Voluntades Anticipadas en 2004. En la actualidad, el 15{e4607f1c468ec91e58b933aab83422f2b3bc7a6ecf1a88f6a23b026e18925a36} del total de inscripciones activas en el registro nacional se ha realizado en la comunidad autónoma andaluza.

La ciudadanía cuenta con esta herramienta para expresar su voluntad sobre la asistencia sanitaria y los tratamientos que se desea o no recibir en caso de no poder manifestarlo de forma consciente en el momento final de la vida. Además, la persona puede también decidir el destino de sus órganos e indicar quiénes serán sus representantes.

Cerca de 32.200 personas han registrado su voluntad vital anticipada en Andalucía desde el reconocimiento de este derechoAndalucía cuenta con un total de 56 puntos del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, por lo que todos los municipios andaluces están a menos de una hora de las sedes distribuidas por todas las provincias y el 80{e4607f1c468ec91e58b933aab83422f2b3bc7a6ecf1a88f6a23b026e18925a36} a menos de 30 minutos, cumpliendo así con el compromiso de mejorar la accesibilidad y el ejercicio de este derecho.

A los ocho puntos habilitados en las delegaciones territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en 2004, se han sumado paulatinamente en los centros sanitarios públicos el resto de sedes: 28 en hospitales, 14 en centros de salud, cuatro en distritos sanitarios y dos en centros periféricos de atención especializada.

Por provincias, Almería tiene un total de 6 puntos de registro operativos (1 Delegación, 3 hospitales, 1 Centro Periférico de Especialidades y 1 Distrito de Atención Primaria). Cádiz dispone de 6 sedes habilitadas (1 Delegación, 4 hospitales y 1 centro de salud). Por su parte, Córdoba tiene 4 puntos (1 Delegación y 3 hospitales) y Granada dispone de 7 (1 Delegación, 4 hospitales, 1 Distrito de Atención Primaria y 1 centro de salud). Asimismo, Huelva tiene 6 sedes (1 Delegación, 4 hospitales y 1 centro de salud) y Jaén tiene en funcionamiento 10 puntos habilitados (1 Delegación, 3 hospitales, 1 Distrito de Atención Primaria y 5 centro de salud). Además, Málaga dispone de 7 puntos (1 Delegación, 3 hospitales, 1 Centro Periférico de Especialidades, 1 Distrito de Atención Primaria y 1 Centro de Salud) y Sevilla de 10 (1 Delegación, 4 hospitales y 5 centro de salud).

Acceso telemático para ciudadanía y profesionales

La Consejería de Salud permite, a través de su web, solicitar cita previa para poder inscribir posteriormente su testamento vital en un punto de registro habilitado a tal efecto, también se puede solicitar la cita a través del teléfono de Salud Responde (902 505 060) y en los 56 puntos habilitados del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía. Además si el ciudadano no puede desplazarse hasta el registro, podrá solicitar la cita a través de Salud Responde y se realizará el registro en el propio domicilio.

La página web ofrece además toda la información que requiera la persona interesada sobre la voluntad vital anticipada y la posibilidad de descargarse los documentos necesarios, como la Guía de ayuda para registrar el testamento vital, que contribuye a resolver todas las dudas relacionadas con el registro de la voluntad vital anticipada, a través de una serie de preguntas frecuentes.

Este servicio online también tiene una sección específica con funcionalidades para profesionales, que pueden realizar diversas acciones como consultar el contenido de las voluntades vitales de sus pacientes; seguir resultados mensuales del registro, descargar la guía de apoyo a los profesionales, así como la información de la normativa autonómica y nacional.

Con la aprobación de la Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantías en el proceso de la muerte, se concretan las acciones que han permitido el acercamiento del Registro de Voluntades Vitales al contexto sanitario, y la mejora de la accesibilidad a la ciudadanía. La Ley de Derechos y Garantías en el Proceso de la Muerte recoge que los profesionales deben proporcionar a las personas que se la soliciten, información acerca del derecho a formular la declaración de voluntad vital anticipada y que consultarán si existe en el registro constancia del otorgamiento de voluntad vital anticipad.

Así, los profesionales del sistema sanitario público andaluz tienen acceso a consultar las voluntades vitales anticipadas desde atención primaria y desde atención especializada, además de desde la Historia clínica digital en movilidad. El sistema implantado en Andalucía también permite a profesionales del sector privado darse de alta en el sistema y poder consultar las voluntades vitales anticipadas de sus pacientes, gracias al convenio firmado por la Consejería de Salud y el Consejo General de Colegios de Médicos de Andalucía, en octubre del 2014.

En cuanto a las consultas que realizan los profesionales al Registro durante la asistencia sanitaria, los centros hospitalarios públicos y las coordinaciones de trasplantes son los que las realizan principalmente. No obstante, se ha registrado un aumento de las consultas que hacen los profesionales de Atención Primaria y los profesionales del 061 y de los Dispositivos de Cuidados Críticos y Urgencias, ya que estos últimos disponen de acceso a través de la historia clínica digital en movilidad.

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