Opinion. Anda revuelto el patio judicial estos días. Las últimas resoluciones del Tribunal Supremo de las que se han hecho eco la prensa ha alterado el mar de tranquilidad en el que vive la llamada Operación Astapa (un asunto en el que se dio credibilidad a las afirmaciones de los denunciantes sin comprobar si eran o no ciertas). Y es que los procesos sobre presunta corrupción empezaron su andadura judicial desde hace relativamente poco tiempo, por lo que son escasas y recientes las resoluciones de nuestro más alto Tribunal sobre las mismas (fundamentalmente reducidas aún a las irregularidades-ilegalidades de la investigación policial y de las escuchas telefónicas).
Destaca el archivo de la querella interpuesta contra el Ministro Manuel Chaves por delitos de prevaricación y tráfico de influencias, mediante un Auto por el que el Tribunal Supremo la inadmite y archiva, argumentando que no es posible basar denuncias en "conjeturas" sino en hechos. Las querellas sin fundamento no son "los mejores instrumentos y medios para la dialéctica y el debate político". El "algo habrá hecho…", "me me han contado que"… sin más, no parece argumento válido a la justicia para someter a un ciudadano a investigación (aunque reconozcamos que serviría para arremeter contra cualquier señor que nos caiga mal, por ejemplo).
Los jueces instructores hasta ahora se han plegado en mayor o menor medida a las nuevas “tácticas policiales” para investigar delitos de presunta corrupción. Ello llevó a la condecoración policial del conocido Juez Torres con el apoyo de la Fiscalía por su “brillante” trabajo, que la Audiencia Provincial de Málaga tras la denuncia de las defensas acaba de castigar con dureza. "Ballena blanca" ha sufrido un varapalo que ha provocado incluso la suspensión de este “macro juicio” que costó Dios y ayuda hacer arrancar. Ahora resulta que no era tan celoso de su trabajo el ínclito Juez, pues ni siquiera dejó que las defensas tuvieran acceso al procedimiento completo para saber en qué se basan las acusaciones (no les dio traslado de, ni más ni menos, 32 tomos).
Otro sancionado reciente es el “Juez estrella” Baltasar Garzón, que convalidó un método de investigación fuera de la Ley al autorizar la intervención de las entrevistas entre imputados y defensas en la Operación Gürtel. La nulidad de las escuchas decretada por el TSJ de Madrid puede suponer un rejón de muerte a otra investigación poco ortodoxa.
Y termina el carrusel de noticias recientes con la absolución del ex jefe la Unidad de Droga y Crimen Organizado (UDYCO), que dirigió la "operación Malaya" e intervino en “Ballena Blanca” y del ex inspector jefe de la Brigada Policial de Málaga, ya que dictamina el Tribunal Supremo que no fue suficiente la investigación previa realizada sobre ellos antes de autorizar la intervención de sus teléfonos. Afirma el alto Tribunal que "ni siquiera se realizó previamente una investigación patrimonial de tales sospechosos (los dos altos cargos policiales), de todo punto necesaria en las pesquisas por corrupción", y es que "no por tratarse de policías, los investigados, se han de reducir o relajar los controles de legalidad constitucional a los que el juez está vinculado". Destaca así que las normas procesales son las mismas para todos los ciudadanos, sea cual sea su presunto delito, y que gozan los policías "de idéntica índole y protección” que el resto de las personas.
Es claro pues que no se puede en este momento responsabilizar de la desprotección que sobre los derechos de los imputados en Astapa hayan podido cometer quienes inicialmente instruyeron la causa, ni se le debe atribuir la lesión a quien a base de tesón y trabajo la aborda en la actualidad, ya que prácticamente acaba de aterrizar; pero en lo que sí están de acuerdo las fuentes jurídicas consultadas, es en que se deben estimar las denuncias que han venido realizando las defensas hasta el momento, a fin de restituir los derechos que claramente han sido vulnerados (con total violación de las más elementales reglas de un Estado democrático de derecho). También ocurrió así en sonados casos, como "Camas", "Virgin", etc., donde se aplicó la ley y se decretó la nulidad en el inicio del proceso –más vale hacerlo ahora que despilfarrar el dinero de los contribuyentes en la tramitación de un proceso inválido que, a bien seguro, acabará anulándose por otras instancias judiciales superiores en su momento-. La realidad que rodea a la instrucción de la "operación Astapa" fuerza así a ello al actual Juez instructor.