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viernes, diciembre 27, 2024

La plataforma vecinal denuncian a la concejal de Personal, Cristina Rodríguez del PSOE

Parece que la plataforma vecinal de Estepona se erige como el azote contra los partidos políticos en el Equipo de gobierno y en estos días está siendo muy comentada la noticia sobre la denuncia que la plataforma vecinal ha puesto en el juezgado contra Cristina Rodríguez, concejal del PSOE, y un cargo de confianza del alcalde, David Valadez.
Este es el escrito de la denuncia:

Que por medio del presente escrito formula denuncia ante ese Juzgado contra la actual edil de personal del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona Doña C. R. A. y contra Don J. P. F. G., funcionario eventual que fue de este Ayuntamiento, manifestando todas las noticias de que conoce sobre los hechos que a continuación se describen:

Que en fecha de 21 de Julio del año 2.009, se acuerda en el punto 9 relativo a asuntos urgentes, por el Pleno del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona la supresión de plazas de funcionarios eventuales del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona, entre las que se encontraba la correspondiente al cargo de confianza de Coordinador de Alcaldía, Don José Pedro Fernández Gago.

Así en el punto 9.2 del acta del citado Pleno expedida por el Secretario del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona textualmente ( en concreto en las páginas 7 y 8) se dispone:

“…. AMORTIZACIÓN DE PLAZAS DE FUNCIONARIOS EVENTUALES EN LA PLANTILLA MUNICIPAL

Previa declaración de urgencia, que se produce por: 13 votos a favor (PP:5; PES: 3; y los concejales no adscritos Sres. Montesinos Rubio, Zamorano Vázquez, López Martín, López Cabezón y Rodríguez- Pino Sánchez), 8 votos en contra (PSOE:4; PA:1; ESTEPONA- 2007: 1; IULV-CA:1 y la concejala no adscrita Sra. Ocaña Sánchez), y ninguna abstención, y que representan por tanto el quórum legal necesario establecido en el artículo 83 del Real Decreto 2568/1.986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; se da cuenta de la Moción suscrita por el Grupo Municipal del Partido Estepona (PES), de fecha 20- Julio- 2.009, en la que expone que como consecuencia de la situación económica por la que atraviesa el Ayuntamiento y atendiendo a las competencias locales que el artículo 22.2.i) de la Ley 7/ 1.985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, reserva al Pleno en cuanto a establecer el número y régimen del personal eventual, así como sus retribuciones, se propone la amortización de las plazas vacantes existentes actualmente en la plantilla municipal, correspondientes a funcionarios eventuales, así como la existente con la denominación de “ Coordinador de Alcaldía”, ocupada por Don José Pedro Fernández Gago, al considerar que ésta fue provista de forma irregular, todo ello a fin de liberar los créditos con que todas ellas están dotadas en el Presupuesto Municipal.

Sometido el asunto a votación resulta aprobado por: 13 votos a favor (PP:5; PES:3 y los concejales no adscritos Sres. Montesinos Rubio, Zamorano Vázquez, López Martín, López Cabezón y Rodríquez- Pino Sánchez), 8 votos en contra (PSOE:4; PA:1; ESTEPONA- 2007:1; IULV- CA: 1 y la concejala no adscrita Sra. Ocaña Sánchez) y ninguna abstención; en consecuencia por la mayoría expresada se acuerda lo siguiente:

1.- Que se proceda a la amortización en la plantilla municipal de las plazas correspondientes a funcionarios eventuales actualmente vacantes.

2.- Que se proceda a la amortización de la plaza de funcionario eventual existente en la plantilla, bajo la denominación de “ Coordinador de Alcaldía”, actualmente ocupada por DON JOSE PEDRO FERNANDEZ GAGO.

3.- Que se de cuenta del presente acuerdo a la Comisión Informativa Permanente de Personal y Extrarradio en la primera sesión que se celebre conforme a lo establecido en el artículo 126.2 del Real Decreto 2568/1.986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

4.- Que por el Negociado de Personal se prosigan los trámites reglamentarios hasta la total conclusión del expediente.”

Se aporta copia del acta de fecha 21 de Julio de 2.009 expedida por el Secretario del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona, a la presente denuncia, como “ documento número dos”.

Que, con posterioridad, se expidió una certificación del acuerdo plenario a la responsable de la Concejalía de Personal, para dar inmediato cumplimiento de la supresión de dicha plaza, si bien, según nota de prensa del sindicato mayoritario de funcionarios del Ayuntamiento de Estepona, CSIF, “ la señora Alarcón o el propio Gago dieron instrucciones para que la notificación no pudiera finalmente efectuarse, usando para ello como escudo a otra empleada municipal que rehusó hacerse cargo del documento”.

En este sentido, se aporta noticia del periódico digital local Diario sol. Es, de fecha 8 de Septiembre de 2.009, donde se pone de manifiesto la denuncia formulada por el sindicato anteriormente mencionado, como “ documento número tres”.

Que, más tarde, en fecha de 2 de Octubre de 2.009 el Alcalde del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona, suscribe Decreto número 14524/09, de supresión de plazas de funcionarios eventuales, entre las que se encontraba la correspondiente al cargo de confianza, Coordinador de Alcaldía, ocupada por el señor Don José Fernández Gago, a la par que ordenaba al Secretario de la Corporación que procediese a la notificación del citado acuerdo plenario a la Concejal Delegada de Personal. Dicho Decreto fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga de fecha 15 de Octubre de 2.009.

Se aporta una copia del citado Edicto a la presente denuncia, como “ documento número cuatro”.

Que a pesar de haberse publicado, mediante el edicto anterior, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga la supresión de la plaza de Coordinador Local de Alcaldía ocupada por el señor Don José Fernández Gago, éste señor continúa desarrollando sus funciones, así como percibiendo sus emolumentos a costa del erario público local, en la actualidad, sin que la Concejal Delegada del área de Personal, Doña Cristina Rodríguez Alarcón, haya llevado a cabo actuación alguna relativa a la supresión real y efectiva de la plaza, así como está permitiendo que el señor Don José Fernández Gago esté cobrando de las arcas públicas locales, no ya sólo su anterior sueldo, sino incluso productividades adicionales, que ella misma acuerda, ignorando no ya sólo los acuerdos plenarios del Pleno del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona, sino también el mandato del alcalde y las notificaciones del señor Secretario de la Corporación Local, tendentes al cumplimiento de lo acordado por el citado Pleno.

Así, en acreditación de lo anteriormente manifestado, se aporta noticia publicada en el Diario digital local Diariosol. Es, de fecha 16 de Octubre de 2.009, relativa a la asistencia del señor Don José Pedro Fernández Gago junto a la concejal Delegada de Personal, Doña Cristina Rodríguez Alarcón, a la Mesa de negociación de subrogación del personal de las empresas municipales al Ayuntamiento de Estepona, como “ documento número cinco”, y todo ello, a pesar de haberse publicado en el día anterior la supresión de la plaza del señor Fernández Gago en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.

De igual manera, y con posterioridad, la Concejal Delegada de Personal, Doña Cristina Rodríguez Alarcón, en rueda de prensa ofrecida ante diferentes medios de comunicación en la mañana del día 1 de Diciembre de 2.009, aseguraba que la supresión de la plaza de Don José Pedro Fernández Gago era ilegal, volviendo a desobedecer el acuerdo plenario de fecha 21 de Julio de 2.009, el Decreto del señor Alcalde de fecha 2 de Octubre de 2.009, así como la notificación del Señor Secretario de la Corporación Local, por lo que, en consecuencia, a dicha fecha, el citado cargo de confianza, esto es, Don José Pedro Fernández Gago, seguía percibiendo sus emolumentos públicos locales que estaban cifrados en una cuantía anual superior a 70.000 euros anuales.

En este sentido se aporta noticia publicada en el Diario digital local Diariosol.es, de fecha 1 de Diciembre de 2.009, como “ documento número seis”.

La señora Doña Cristina Rodríguez Alarcón vuelve de forma continua, descarada y reiterada a desobedecer el acuerdo plenario, el Decreto de Alcaldía y la notificación de la Secretaria del Ayuntamiento, beneficiando económicamente al señor Don José Pedro Fernández Gago, hasta tal punto que ella misma propone al citado cargo de confianza, abonarle 1461,99 euros, en concepto de productividades por haber participado en la Adaptación del Plan General de Ordenación Urbana de 1.994 a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía de 2.002, cuando su plaza de funcionario eventual ya había sido suprimida en fecha de 15 de Octubre de 2.009.

En estos términos se manifiesta la noticia publicada en el Diario digital local Diariosol.es, de fecha 24 de Marzo de 2.010, que se aporta a la presente denuncia, como “ documento número siete”.

Pero es que el incumplimiento del acuerdo plenario de 21 de Julio de 2.009, así como del Decreto del señor Alcalde de 2 de Octubre de 2.009, y de la notificación del Señor Secretario de la Corporación local ya es sistemático, por parte de la edil Doña Cristina Rodríguez Alarcón, en la medida en que esta señora vuelve a asignar productividades al señor Don José Pedro Fernández Gago, esta vez, en concepto de responsable de Recursos Humanos ( pareciendo que ya no se le asignan importes a este señor como funcionario eventual) por un importe de 2.160 euros, siendo denunciado esta circunstancia tanto por las secciones sindicales de UGT del Ayuntamiento de Estepona, así como por el Sindicato CSIF.

Así, se aporta a la presente denuncia noticia publicada en el Diario digital local Diariosol. Es, de fecha 10 de Junio de 2.010, como “ documento numero ocho”.

Ante tal cúmulo de incumplimientos reiterativos llevados a cabo tanto por el cargo de confianza en el Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona, don Pedro José Fernández Gago, así como por la concejal del área de personal, Doña Cristina Rodríguez Alarcón, del acuerdo plenario de supresión de plaza de funcionario eventual, así como del Decreto de Alcaldía de 2 de Octubre de 2.009, y de notificación del acuerdo plenario efectuado por el señor Secretario de la Corporación Local de supresión de plaza a la señora Doña Cristina Rodríguez Alarcón, ésta Asociación ha llevado a Pleno, a través de la Delegación de Participación Ciudadana, numerosas peticiones relativas a la exigencia de responsabilidades por incumplimiento reiterado de acuerdos tomados en Plenos Municipales, entre otros, el de 21 de Julio de 2.009, referente a la supresión de la plaza de Coordinador Local de Alcaldía, ocupada, por el señor Don José Pedro Fernández Gago.

En este sentido se aporta a la presente denuncia peticiones de presentación en pleno de mociones relativas a la exigencia de responsabilidades por incumplimiento reiterado de acuerdos tomados en Plenos Municipales, de fecha 29 de abril de 2.010, con número de registro de entrada 6524 de misma fecha, y de 10 de Junio de 2.010, con número de registro de entrada 9068 de misma fecha, como “documentos número nueve y diez”, respectivamente.

Ante la posibilidad de que los hechos descritos con anterioridad pudieran ser constitutivos de un delito de prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos previsto en el artículo 404 del vigente Código Penal, así como constitutivos de un delito de desobediencia previsto en el artículo 410 de mismo texto, imputable a la edil concejal del área de personal del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona Doña Cristina Rodríguez Alarcón, así como constitutivos de un delito de usurpación de funciones públicas previsto en el artículo 402 del mencionado Código imputable al funcionario eventual, cargo de confianza- Coordinador de Alcaldía- Don Pedro José Fernández Gago, en la medida en que éste desde el 15 de Octubre de 2.009, ha venido desempeñando unas funciones propias de una plaza que ya estaba suprimida y percibiendo sus emolumentos públicos por llevar a cabo funciones propias de una plaza que ya se había suprimido, como por ejemplo, acudir el día 16 de Octubre de 2.009 a una mesa de negociación de la subrogación del personal de los empleados de las empresas municipales al Ayuntamiento de Estepona, habiendo sido suprimida la plaza de coordinador de alcaldía el día 2 de Octubre, según Decreto de Alcaldía de misma fecha, cuestión esta última no baladí, máxime cuando el citado señor Don Pedro José Fernández Gago era Coordinador de Alcaldía, y, en consecuencia, por su propio cargo, había de conocer, incluso, ya, en fecha de 2 de Octubre la supresión de su propia plaza, pues en esa concreta fecha, ya estaba firmado el citado Decreto de supresión de plaza de funcionarios eventuales del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona.

Que de los hechos expuestos sería de interés incorporar los testimonios del Señor Alcalde del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona, Don David Valadez López, así como del Secretario de la citada Corporación Local, pudiendo ser citados ambos en el domicilio del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona, esto es, plaza Blas Infante, s/nº de la localidad de Estepona (Málaga), así como certificaciones de noticias aportadas en esta denuncia y emitidas por el Diario Estepona Información, el cual además es titular del diario local digital diariosol.es, pudiendo ser requeridas en el siguiente domicilio: Urbanización Bahía Azul, km. 152, de la Carretera Nacional 340 de la localidad de Estepona y certificación original del acta de la sesión plenaria de 21 de Julio de 2.009, expedida por la Secretaría del Ilustrísimo Ayuntamiento. Finalmente, igual sería de interés que por parte de la Delegación de Hacienda del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona, se remitiera copia de las diferentes nóminas percibidas por el señor Fernández Gago, desde Octubre hasta la fecha actual,

Que todo lo manifestado lo pone en conocimiento del Juzgado, denunciando ante el mismo los hechos descritos para que sirva adoptar las medidas oportunas al efecto de su comprobación y de la averiguación de los responsables.

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