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jueves, marzo 28, 2024

El Juzgado da la razón al Ayuntamiento en el despido de la actual portavoz municipal del PSOE

El Juzgado de los Social número 7 de Málaga ha dado la razón al Ayuntamiento de Estepona y ha desestimado el recurso de readmisión de Manuela Benítez, actual portavoz del grupo municipal socialista; desestimando así la demanda planteada por ésta contra el ERE que el Consistorio llevó a cabo en 2012.

Benítez prestaba servicios en el Gabinete Geriátrico desde el año 1999 con un salario de 2.922,36 euros. En la carta de despido, el Ayuntamiento la indemnizó con 26.625,95 euros.

La sentencia considera que, en cuanto a los motivos ideológicos esgrimidos por Benítez, “es notoria la activa participación política de la actora dentro del PSOE como principal partido de la oposición llegando a concurrir a dos elecciones en las que resulta elegida como concejal y siendo secretaria de política municipal. No obstante dicho único dato no es suficiente. No existe indicio alguno de que el despido de la actora fuera objeto de una selección deliberada por su actividad política, amortizándose la presencia de trabajadores sociales en el Gabinete Geriátrico y testificando la concejala de Personal, Pilar Fernández-Figares, recordando los caso de hermana e hija de concejales del PP, mayoritario en la Corporación, que igualmente se vieron afectados por dicho ERE”.

La sentencia tampoco da la razón a Benítez en sus argumentos sobre su antigüedad en el Ayuntamiento de Estepona, salario, error en la selección de la actora y vulneración de derechos fundamentales.

Durante el periodo de conciliación, Benítez había solicitado una indemnización al Ayuntamiento de Estepona de 180.000 euros para desistir en su demanda de despido; si bien, esta propuesta fue rechazada por el Consistorio.

Hasta el momento, el Ayuntamiento ha ganado todas las sentencias individuales que han presentado los afectados por el ERE, tanto en los juzgados de lo Social como las recurridas ante el TSJA. Asimismo, el Ayuntamiento ha alcanzado acuerdos individuales con los afectados por el ERE, previos a la celebración de los juicios individuales.

Cabe recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dio, recientemente, la razón al Ayuntamiento de Estepona, desestimando la demanda de readmisión del exsubdirector de la Televisión Municipal, Rafael García, y del exdirector de promoción y subdirector ejecutivo, económico y financiero de la empresa Promoción y Comunicación Estepona SL, Mariano Crespo, contratados por el PSOE en 2007 y 2003, respectivamente, sin acceder a concurso público. Este último, percibía un salario mensual de 5.698,04 euros y de 68.376 euros anuales. Por su parte, García ostentó la categoría profesional de Subdirector de la empresa Promoción y Comunicación Estepona SL, percibiendo un salario mensual de 4.938,06 euros y de 59.256 euros anuales. Salarios superiores, en ambos casos, a los que perciben los concejales de gobierno.

El pasado mes de noviembre, la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en sentencia firme, declaró ajustada a derecho la decisión de despido colectivo por concurrir las causas económicas y organizativas, confirmando de esta forma la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

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